martes, 10 de septiembre de 2013

TABLA1


Campo del DNI que se desea modificar
Documento de sustento o probatorio a presentar para poder realizar el Cambio
Domicilio:
Presentar el original y copia simple del recibo de servicio público (por ejemplo recibo de luz, agua, cable o teléfono) o tributo municipal (Hoja HR de los impuestos Prediales y/o Arbitrios), emitido con una antigüedad no mayor de (06) meses. En caso de Residir en el extranjero llenara una declaración jurada de domicilio al momento de realizar el tramite
Estado Civil
A Casado:
Para realizar este cambio llenara un formato de Declaración Jurada en la oficina o agencia de RENIEC, indicando esta condición. Para las Mujeres que deseen adicionar el apellido del cónyuge, deberán de adjuntar partida de matrimonio expedida por el Registro del Estado Civil en el Perú o por el Consulado Peruano respectivo.
A Divorciado:
Adjuntar la Partida de Matrimonio Civil que contenga la anotación marginal de disolución del vínculo matrimonial(DIVORCIO)
A Viudo:
Para realizar este cambio llenara un formato de Declaración Jurada de Matrimonio en la oficina o agencia de RENIEC y presentara Copia Certificada del Acta de Defunción del cónyuge, expedida por el Registro de Estado Civil correspondiente.
Grado de Instrucción:
Los grados de instrucción primaria y secundaria no requieren ser sustentado, son Declarativos.
Los grados de instrucción superior y/o técnico deberá sustentarse con alguno de los siguientes documentos: carné de estudios, constancia de matrícula o estudios, diplomas o cualquier otro documento que lo acredite, en Original y copia simple. Si la documentación se encuentra en idioma distinto al español, se deberá adjuntar además una traducción simple.
Nombres y/o
Apellidos y/o
Lugar de nacimiento y/o
Fecha de nacimiento
y/o
Nombre de padres
en la información del DNI:
Copia certificada de acta de nacimiento expedida la Oficina de Registro Civil correspondiente.
Nota Importante:

• En caso de que la partida presente alguna rectificación administrativa, notarial o judicial, deberá llevar adicionalmente el original (copia certificada) y copia del expediente y la Resolución que dieron origen a la modificación de la partida o acta.

• Las personas que inscribieron su nacimiento extemporáneamente, deberán presentar además: la copia certificada del expediente administrativo que sustentó la inscripción del acta de nacimiento y la Resolución Registral, que se solicita en la Oficina de Registro de Estado Civil donde se inscribió.